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¿Qué es y qué requisitos tendrá el arraigo para la formación? Alianz informa
- Posted by: mjose
- Category: Noticias

Desde la Fundación Alianz te informamos
El Gobierno anuncia las nuevas medidas que entrarán en vigor muy pronto y que harán muchísimo más fácil conseguir un permiso de trabajo en España.
Así, una de estas vías ayudará a los extranjeros en situación irregular, permitiéndoles formarse en España con instituciones o empresas que cumplan la legalidad vigente a nivel europeo para poder después cubrir puestos de trabajo claves para la economía.
«Papeles para los inmigrantes a cambio de formación»
La Fundación Alianz lleva años recibiendo de forma legal a alumnos de países latinoamericanos, los cuales llegaron a España con su documentación reglamentaria como alumnos Alianz.
Hablamos del nuevo tipo de arraigo: el arraigo para la formación; y en este artículo te contamos todo lo que se sabe hasta la fecha. Si quieres estar preparado/a para cuando entre en vigor… ¡no te puedes perder lo que viene a continuación!
El porqué del nuevo arraigo para estudiar
En España existen gran cantidad de sectores clave para la economía con puestos de trabajo que, a día de hoy, difícilmente se cubren.
Esta falta de mano de obra requería una solución, y sin duda los extranjeros podían proporcionarla.
Así, la nueva reforma del reglamento de extranjería pretende solucionar esta situación a través de sus mecanismos disponibles. En este caso, a través de un nuevo arraigo que ayude a la aparición de nuevos trabajadores capacitados para cubrir todos estos puestos.
Este nuevo tipo de arraigo para la formación constituye un “pacto” que ayude a ambas partes:
- Por un lado, los extranjeros en situación irregular lo tendrán mucho más fácil para conseguir la residencia y posteriormente su permiso de trabajo
- Por otro lado, la economía española se beneficiará de esta nueva mano de obra cualificada para puestos concretos
¿En qué consistirá y cuál será el funcionamiento de este nuevo tipo de residencia por circunstancias excepcionales? Veámoslo.
¿Cómo funcionará exactamente el arraigo para la formación?
El arraigo para la formación será una residencia por circunstancias excepcionales de duración equivalente a 1 año, que permitirá al extranjero en situación irregular conseguir un permiso de residencia para poder estudiar y formarse en España.
Este nuevo arraigo será concedido a todos aquellos inmigrantes que lleven en situación irregular por lo menos 2 años y que pretendan iniciar una formación legalizada, Formación Profesional, Grado, Cualificación Profesional, etc.. que les permita conseguir un título tras completar los estudios; título que les debe permitir ejercitar en la profesión correspondiente.
Es importante tener en cuenta que este arraigo se encuentra todavía dentro del borrador de la reforma de la ley de extranjería, y que no ha entrado en vigor por el momento.
Duración del arraigo para la formación
El arraigo para la formación se concederá inicialmente por 12 meses.
No obstante, siempre y cuando los estudios que el extranjero inicia se extiendan durante más de un año, el titular de este arraigo podrá renovar esta residencia por circunstancias excepcionales hasta 1 año extra.
O, si encuentra una oferta de trabajo, pasar a residencia y trabajo por cuenta ajena, como veremos a continuación.
Requisitos para la solicitud
Si quiero solicitar el arraigo para la formación, ¿qué requisitos tengo que cumplir?
A continuación, describimos los principales requisitos que, hasta la fecha, disponemos. No obstante, con el paso de las semanas y los meses este listado seguramente será actualizado por el Ministerio de Extranjería.
Residencia continuada en España
Lo primero, y del mismo modo que sucede con cualquiera de las 3 figuras de arraigo existentes, deberás demostrar un mínimo de residencia continuada (aunque en situación irregular) en España.
En este caso hablamos de 2 años, y para hacerlo deberás usar cualquier prueba válida: pasaporte con fecha de entrada en el país, contrato de alquiler, empadronamiento, curso de formación realizado legalmente, facturas,…
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Carecer de antecedentes penales
Si hay algo que todas las autorizaciones de residencia tienen en común en España es que requieren demostrar la carencia de antecedentes penales.
Así, para poder solicitar el arraigo para la formación deberás demostrar que no tienes ningún registro delictivo o policial durante los últimos 5 años, tanto en España como en cualquier otro país en el que hayas residido.
Comprometerte a iniciar tus estudios
Finalmente, y como punto más importante, el extranjero en situación irregular deberá comprometerse a iniciar sus estudios en España matriculándose y aportando la documentación legal que acredite su inscripción para la realización de dicho curso de formación.
No obstante, 3 meses posteriores a la solicitud del arraigo por formación, deberá haberse matriculado en un centro y dar prueba fehaciente y acreditada con documentos de ello; de lo contrario perdería su arraigo.
Y, finalmente, en cuanto a iniciar sus estudios, debemos considerar lo siguiente:
- El extranjero debe comprometerse a realizar una formación que debe ser legal e incluso válida para realizar los procedimientos de acreditación de las competencias profesionales PREAR
- La formación debe permitir la obtención de una certificación legal que acredite cualificaciones profesionales que estén dentro del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales INCUAL en el ámbito de la administración laboral
- Esta formación debe certificar una aptitud técnica específica, acreditación de competencias profesionales ante instituciones públicas
- Y debe ser una formación que habilite y sea necesaria para poder ejercer una ocupación específica
De arraigo para la formación a permiso de trabajo
Esta nueva figura de arraigo no tendría sentido sin la correspondiente modificación posterior a residencia y trabajo.
Es decir, tras completar los estudios por los que se ha conseguir el arraigo para la formación, el extranjero podrá conseguir un permiso de trabajo por 2 años (renovable posteriormente).
Así, para poder realizar este trámite deberá encontrar una empresa dispuesta a contratarle y una oferta laboral.
Todavía no sabemos si todos los puestos de trabajo serán válidos para esta modificación, pero lo que sí sabemos es que deberá cumplir los siguientes 2 requisitos:
- En primer lugar, el puesto de trabajo deberá estar relacionado con los estudios realizados
- El salario bruto mínimo deberá ser de 1.000€ mensuales (el equivalente al salario mínimo interprofesional) o el correspondiente al convenio colectivo específico de la profesión
Por ahora, esto es todo lo que sabemos sobre esta nueva figura que entrará en vigor con la reforma del reglamento de extranjería.
Si tienes dudas (algo normal dadas las novedades), no dudes en solicitar información a un equipo experto en extranjería.
Esta información ha sido obtenida por la rueda de prensa ofrecida por el ministro José Luis Escrivá y por las publicaciones realizadas en medios de comunicación nacionales, tanto prensa escrita como televisión.
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