Información de obligado cumplimiento para establecimientos de servicios de animales de compañía (mascotas)
Agencia Tributaria
(Gobierno de España)
Aquí tienes toda la información legal que tu gestor debe conocer para que tu peluquería canina, centro de adiestramiento, residencia canina, hotel canino y felino, tienda de alimentación para mascotas, tienda de accesorios para mascotas, en general todo establecimiento relacionado con el mundo de los animales de compañía debe cumplir:
REGULACIÓN LEGAL, EPÍGRAFE, CNAE, FAMILIA PROFESIONAL, PELUQUEROS CANINOS, ADIESTRADORES CANINOS, CUIDADORES DE ANIMALES DE COMPAÑÍA (MASCOTAS)
FAMILIA PROFESIONAL. ACTIVIDADES ECONÓMICAS «9609 código CNAE» (Clasificación Nacional de Actividades Económicas).
Adiestramiento canino y cuidadores de Animales 979.4
Epígrafe de la Familia profesional donde se incluye.
Peluquería canina – Cualificación profesional «Cuidados higiénicos y estéticos de animales de compañía»
Adiestradores caninos – Cualificación profesional «Adiestramiento de base y educación canina»
Criadores caninos – Cualificación profesional «Cría, venta y custodia de animales de compañía«
REALIZADA LA CONSULTA A LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ESPAÑA, ESTADO MIEMBRO DE LA UNIÓN EUROPEA:
PARA EJERCER LA PROFESION U ACTIVIDAD DE PELUQUERIA CANINA, ADIESTRAMIENTO CANINO O PROFESIONES RELACIONADAS CON LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA, ¿ESTÁN RECONOCIDAS COMO PROFESIONES LA PELUQUERÍA CANINA, ADIESTRAMIENTO CANINO Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MASCOTAS Y CUENTAN CON EPÍGRAFE FISCAL PARA PODER EJERCER ESTAS PROFESIONES DE MANERA LEGAL?
INFORMACIÓN POR PARTE DE LA AGENCIA TRIBUTARIA (GOBIERNO DE ESPAÑA – UE):
Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembreartículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.El epígrafe 979.4 de la sección 1ª clasifica la actividad de la profesión de PELUQUERÍA CANINA dentro de la FAMILIA PROFESIONAL: «Adiestramiento de animales y otros servicios de atenciones a animales domésticos«Para tienda o establecimiento de mascotas, accesorios, artículos del sector animales de compañía etc. el epígrafe 659.7 clasifica la actividad de «Comercio al por menor de semillas, abonos, flores y plantas y pequeños animales«.Para ejercer legalmente el oficio o la profesión de peluquería canina y poder ofertar servicios complementarios como traslado de los perros a la peluquería, así como los servicios: «Adiestramiento de animales y otros servicios de atenciones a animales domésticos«.Resolución 3 de agosto 2020 de la Dirección general de Trabajo y publicación en BOE 14 de Agosto 2020 incluye y regula a los peluquer@s canin@s laboralmente y asigna categoría profesional «Peluqueros de Animales de compañía«, «Convenio Estatal de centros y servicios veterinarios«.